Photo by Arnaud Jaegers on Unsplash
Los derechos al voto secreto, la privacidad y la no discriminación se vieron socavados en las elecciones de octubre de 2025, según nuestra investigación sobre el voto accesible realizada con Transparencia Electoral.
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Los derechos al secreto del voto, la privacidad, la participación política y la no discriminación se vieron socavados en las elecciones legislativas celebradas en Argentina en octubre de 2025.
Las autoridades electorales federales no garantizaron el acceso universal al voto secreto en las elecciones. Se socavaron los derechos humanos fundamentales de determinadas personas del electorado argentino, entre ellas las personas ciegas y con baja visión, y las personas analfabetas. Lea nuestro informe completo aquí.
Las elecciones de octubre de 2025 supusieron la introducción histórica de un nuevo sistema de votación en todo el país, conocido como « la Boleta Única de Papel » (BUP). Sin embargo, gracias a organizaciones de la sociedad civil locales como la Asociación Tiflonexos y otras, se dio la voz de alarma en el período previo a las elecciones sobre la falta de accesibilidad del sistema para las personas ciegas y con discapacidad visual, lo que llevó a las autoridades electorales a realizar un intento de última hora, aunque finalmente incompleto, de implementar medidas de accesibilidad.
Garantizar un diseño universalmente accesible desde el inicio de los sistemas institucionales y electorales, como el nuevo sistema BUP de Argentina, debe entenderse como un beneficio esencial para toda la sociedad, y no solo como algo destinado a atender a las personas con discapacidad. Un sistema electoral verdaderamente accesible debe facilitar el voto autónomo, privado, seguro y secreto de todos los electores, incluidas las personas mayores, analfabetas, con discapacidad o que se enfrentan a dificultades lingüísticas o tecnológicas. Así se destaca en las contribuciones al informe de la organización de la sociedad civil argentina Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
Consideramos que el sistema BUP no garantizó de manera plena ni universal los derechos fundamentales al secreto del voto, a la privacidad, a la participación política y a la no discriminación de algunas personas del electorado argentino, entre ellas las personas ciegas o con discapacidad visual. Estos derechos están consagrados en la legislación nacional, así como en una serie de tratados internacionales y otros instrumentos en los que el Estado es parte.
Nos preocupan las deficiencias de este sistema y las implicaciones en materia de derechos humanos de los informes recibidos por Tiflonexos sobre casos en los que algunas personas decidieron no votar debido a la falta de acceso a un voto secreto y autónomo en estas elecciones.
Los principales derechos afectados fueron:
El derecho al voto secreto y a la participación política
El sistema de la Boleta Única de Papel, por su diseño, obligaba a las personas con discapacidad visual de las provincias en cuestión a votar sin secreto, ya que se veían obligadas a ir acompañadas de una segunda persona que les ayudara a emitir su voto, o a no votar.
El derecho a la privacidad
El sistema BUP exigía a las personas ciegas y con baja visión que revelaran su opinión política a la persona que les ayudaba a votar para que esta reprodujera su elección en la papeleta. El candidato político al que una persona elige al emitir su voto es una información especialmente sensible. Se trata de un ejemplo claro de información que revela la opinión política de una persona y, por lo tanto, se clasifica como dato personal sensible de categoría especial.
El derecho a la no discriminación
El sistema BUP no garantizaba el acceso universal e igualitario al voto secreto a todos los electores argentinos, incluidos las personas ciegas y con baja visión. Esto generaba una desigualdad como consecuencia directa de la discapacidad de estas personas.
Recomendaciones
Junto con Transparencia Electoral, instamos a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Elecciones de Argentina para que implementen el voto accesible, proporcionen dispositivos de audio que no dependan de Internet y garanticen la disponibilidad y seguridad de una papeleta accesible. También se debe consultar a las organizaciones de la sociedad civil y las ONG que representan a las personas ciegas y con baja visión a la hora de celebrar elecciones, con el fin de garantizar su participación. Estas disposiciones deben garantizarse en todas las elecciones futuras, incluidas las de 2027.
Lea más en nuestro informe completo: Las autoridades electorales argentinas deben garantizar un voto universalmente secreto y accesible